El Ministerio del Interior aprobó las características estandarizadas para el equipamiento que podrá emplear el personal de serenazgo municipal en el Perú, entre ellos las pistolas de descarga eléctrica, como una medida que busca mejorar la seguridad ciudadana.
Según la Resolución Ministerial N.° 0323-2026-IN, el equipamiento comprende seis medios de defensa: grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta, chalecos antibalas y pistolas eléctricas o de electrochoque (ver imagen).
Como se recuerda, el 10 de abril de 2025, el Pleno del Congreso, durante el gobierno de Dina Boluarte, aprobó modificar la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal (Ley 31297), lo que permite a los serenos usar pistolas eléctricas como medio de defensa en el ejercicio de sus funciones y estar exentos de responsabilidad penal si, al hacer uso de estas armas, provocan lesiones o muertes en ejercicio de la legítima defensa.
Por aquella fecha, también se decretó que el Ministerio del Interior evalúe si el sereno debía llevar una cámara corporal por el uso de este tipo de armas. A fines de octubre del año pasado, durante el gobierno de José Jerí, se seguía esperando la reglamentación de esta norma.


