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Nueva norma del Ministerio del Interior limita el uso de bastones y gas pimienta por serenazgo

El Ministerio del Interior establece normas estrictas sobre el uso de implementos de defensa, como bastones tonfa y gas pimienta, por parte del personal de serenazgo, con el objetivo de minimizar riesgos y proteger la integridad de los ciudadanos durante sus intervenciones

El Ministerio del Interior promulgó el Decreto Supremo Nº 009-2024-IN, que regula el uso adecuado de los implementos de defensa asignados al personal de serenazgo de las municipalidades, como bastones tonfa y gas pimienta. Esta medida tiene como objetivo proteger la integridad de los ciudadanos, evitando causar daños físicos innecesarios durante las intervenciones.

El decreto establece que los bastones tonfa solo deben ser utilizados de manera excepcional y en defensa propia. Su uso debe ser mínimo y dirigido exclusivamente a zonas del cuerpo con mayor volumen muscular, como piernas y brazos, evitando siempre impactar en la cabeza, cuello, tórax y genitales, que son consideradas zonas prohibidas por el riesgo de causar lesiones graves o incluso la muerte.

Además, la norma clasifica las zonas del cuerpo en tres categorías: prohibidas, incapacitantes y momentáneas, con directrices claras sobre cómo y cuándo pueden ser utilizadas estas herramientas de defensa.

En cuanto al uso del gas pimienta, el decreto especifica que solo puede ser empleado de manera defensiva, evitando su aplicación en espacios cerrados y manteniendo una distancia mínima de 50 centímetros para prevenir lesiones oculares. El aerosol debe estar siempre asegurado en una funda y su uso queda restringido exclusivamente a situaciones de agresión no letal.

 

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