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ONU exíge la liberación inmediata de Pedro Castillo al ser declarada «arbitraria» su detención

El pronunciamiento oficial, adoptado en Ginebra y difundido por medios locales, denuncia que el arresto del expresidente vi0l0 tratados internacionales y careció de base legal.

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El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró de manera oficial que la privación de la libertad del expresidente Pedro Castillo Terrones es «arbitraria». En un documento fechado el pasado 4 de junio y hecho público este jueves por el portal de investigación El Foco, el panel de expertos independientes determinó que el proceso contraviene la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La decisión fue adoptada durante el 104º período de sesiones del grupo internacional y ratificada junto a resoluciones de otros países. Frente a los hallazgos, el fallo técnico señala de forma categórica que «el remedio adecuado sería poner al señor Castillo inmediatamente en libertad y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación».

Asimismo, el panel solicitó una investigación exhaustiva para identificar y sancionar a los autores de vulnerar sus derechos fundamentales. Solicitan una “investigación exhaustiva de las circunstancias en torno a la privación arbitraria” y que se adopten medidas pertinentes contra “los responsables de la violación de derechos”.

Cuestionan detención y presunta flagrancia

El informe detalla minuciosamente las irregularidades detectadas desde el momento del arresto del exmandatario, ejecutado por su propia escolta tras el mensaje a la nación donde anunció la disolución del Congreso. Según los expertos de la ONU, la intervención se realizó de forma ilegal: sin una orden emitida por autoridad judicial competente, sin informarle los motivos del arresto y omitiendo por completo su inmunidad presidencial vigente en ese instante.

La resolución desvirtúa jurídicamente la figura de la flagrancia aplicada por la Policía y la Fiscalía de la Nación, en ese entonces liderada por Patricia Benavides. El documento especifica que «no existe en la Constitución la figura delictual de ‘flagrancia’ para el Jefe de Estado». De acuerdo con el marco legal peruano, para detener a un mandatario en funciones resulta obligatorio iniciar primero un proceso de antejuicio político encaminado al levantamiento formal de su inmunidad.

Irregularidades en el debido proceso

Finalmente, el Grupo de Trabajo alertó sobre una serie de vicios procesales cometidos de forma consecutiva tras la captura. El panel advirtió que las autoridades peruanas no evaluaron en ningún momento medidas cautelares menos graves que la prisión preventiva.

De igual forma, denunciaron que a Castillo se le restringió el acceso inmediato a un abogado de su estricta confianza, existieron presiones documentadas contra su defensa técnica y se desarrolló una campaña mediática orientada a presentarlo públicamente como culpable del delito de rebelión, sin contar con pruebas materiales de un alzamiento en armas.