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Un panorama del crimen organizado y la inseguridad en Arequipa

Los casos de sicariato en la región Arequipa no cesan, pero leyes del Congreso debilitan la lucha contra el crimen organizado, advierte especialista.
Un panorama del crimen organizado y la inseguridad en Arequipa

En los últimos cuatro años, se registraron más de un millón de denuncias de víctimas de la delincuencia a nivel nacional, de las cuales el 72% de los delitos están vinculados al crimen organizado, 3% delitos de extorsiones, en su mayoría denuncias en la región de Lima, según el informe de Lucha contra el Crimen Organizado 2019-2030.

En Arequipa, por ejemplo, el número de denuncias por crimen organizado aumentó considerablemente: de 73 en 2021 a 173 en 2023. Esta tendencia demuestra que, pese a las modificaciones legislativas, los casos siguen en ascenso, lo que sugiere que la solución no reside solo en las leyes, sino también en una política de prevención integral que involucre a diversas instituciones, más allá del ámbito legislativo”, indica.

Para la abogada penalista de la firma legal Mendoza Inca, Estéfani Mendoza, la ley de crimen organizado no está cumpliendo su propósito de combatir delitos graves, explica que las leyes no están orientadas a erradicar un delito específico, sino a regular las sanciones penales de los infractores. Este enfoque, en su opinión, no está logrando frenar la creciente criminalidad, tal como lo reflejan las cifras del Ministerio Público.

Pero, ¿qué es el crimen organizado?

Según la especialista para que una organización criminal sea considerada como tal debe cumplir con cuatro requisitos: la pertenencia de más de tres miembros, la permanencia en el tiempo de sus actividades delictivas, la finalidad de cometer delitos y una estructura organizada.

Cabe señalar que estos elementos fueron ampliados con las reformas recientes, que exigen que las organizaciones criminales busquen un beneficio económico, ya sea directo o indirecto.

Además, la última modificación suprime la sanción para quienes promuevan una organización criminal sin formar parte de ella, lo que podría generar impunidad para ciertos actores clave dentro de las mafias.

“Ahora, ¿qué otros cambios existen también en este delito? de que ya no se incorpora al agente promotor. Anteriormente, antes de las modificatorias, se sancionaba a la gente que organizaba, que constituía, que promovía o que integraba una organización criminal. Ahora con la última ley ya no se sanciona al que promueve. Entonces ello también va a conllevar a que aquella persona que promueva actos en favor de la organización criminal, que no forme parte obviamente de esta organización, pero que sí la promueva, promueva actos, va a conllevar a que esta persona también ya no sea sancionada penal”, indicó.

Estéfani Mendoza
Abogada Estéfani Mendoza.

Asimismo, destacó los cambios en las sanciones para determinados delitos. Según la nueva ley, solo se consideran parte del crimen organizado aquellos delitos cuya pena mínima sea igual o superior a cinco años de privación de libertad. Esto significa que delitos como la contaminación ambiental, que tiene una pena mínima de cuatro años, ya no están contemplados dentro del marco del crimen organizado. Esta exclusión, según la abogada, beneficia a los responsables de delitos ambientales, lo que es especialmente preocupante dada la importancia de proteger el medio ambiente.

“Entonces, los investigados por contaminación ambiental van a verse de cierta forma beneficiados con este último cambio. Ello obviamente es alarmante porque en la actualidad, el Código Penal tiene una desproporcionalidad de penas. Hay delitos, por ejemplo, como el hurto, robo agravado, que tienen sanciones de penas altas. Y sin embargo, la contaminación del ambiente, que protege bienes jurídicos importantes para la sociedad, como lo es el medio ambiente, tiene penas mínimas,   como cuatro años de pena privativa”, indicó.

Recientemente una de las modificaciones más controvertidas de la ley de crimen organizado fue la otorgación de facultades a la Policía para realizar investigaciones preliminares. Si bien esto generó críticas, la letrada destacó que, en la práctica, el fiscal mantiene el control sobre la investigación, ya que es quien tiene los conocimientos especializados en derecho penal.

“Entonces, en este punto también se está dejando claro de que no necesariamente el policía va a tener el control de todas las investigaciones, sino que el fiscal puede asumir en su facultad las investigaciones más complejas”, manifestó.

Falta de personal de seguridad ciudadana

Respecto al pedido del incremento del presupuesto para seguridad ciudadana, solicitado por los alcaldes de Arequipa en abril de este año, el gerente de Seguridad Ciudadana del distrito de Mariano Melgar, James Sucari, manifestó que tras la declaratoria de emergencia, el Estado dispuso que del canon minero que llega a las municipalidades para la ejecución de obras se pueda utilizar un 20%.

“Eso lo usamos para gasto corriente; es decir combustible, mantenimiento de las camionetas, llantas, baterías. No nos permiten usar ese porcentaje para el pago a serenazgo. Nos exigen menos pago a personal”, expresó.

Gerente de Seguridad Ciudadana del distrito de Mariano Melgar, James Sucari.

El servidor edil también menciona que el número de serenos y policías en la jurisdicción es insuficiente para cubrir las necesidades del distrito. Actualmente, hay 34 serenos distribuidos en grupos de aproximadamente 8 personas, que cubren turnos de 12 horas de patrullaje. Además, las comisarías cuentan con entre 30 y 40 efectivos policiales, de los cuales entre 5 y 7 están destinados a labores administrativas, mientras que el resto se dedica al trabajo en el campo.

“Es difícil incrementar la cantidad de serenos. Lamentablemente la norma no nos permite contratar de manera temporal a serenos porque una vez que pasan tres meses ellos ya tienen estabilidad y por ende acceso a todos los derechos y es lo que menos tiene la municipalidad: recursos para mantener a personal de serenazgo”, precisa.