El presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, promulgó este lunes la ley que excluye a policías y militares de la justicia ordinaria en casos de delitos de función. La norma modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal, ordenando que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú (PNP) sean procesados exclusivamente por el fuero militar policial cuando sean investigados por actos cometidos en el ejercicio de sus funciones.
La promulgación por insistencia se ejecutó debido a que la Presidencia de la República no observó ni promulgó la iniciativa dentro del plazo constitucional de 15 días. La iniciativa logró su aprobación definitiva en segunda votación el pasado 23 de junio con 52 votos a favor, 43 en contra y 5 abstenciones. Los recursos de reconsideración presentados por legisladores de oposición fueron rechazados antes de su promulgación oficial.
La presidenta electa del Perú, Keiko Fujimori, se pronunció el pasado 24 de junio, luego de la aprobación definitiva de la ley, respaldando firmemente la iniciativa legislativa. Para la mandataria, esta reforma legal representa un paso fundamental en su estrategia de seguridad y recuperación del principio de autoridad en todo el territorio nacional.
«Acá lo importante es que nuestro país necesita recuperar el orden y una parte fundamental para devolverle la paz y tranquilidad a los peruanos es darle un respaldo fuerte a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas e imagino que ese es el gran espíritu de esa norma», enfatizó la líder de Fuerza Popular, alineándose con el dictamen impulsado y promulgado por insistencia por el titular del Parlamento, Fernando Rospigliosi.
Alcances clave de la nueva normativa:
Exclusividad de fuero: Prohíbe de forma explícita que un efectivo sea procesado simultáneamente en la justicia ordinaria y militar por los mismos hechos.
Principio de ne bis in idem: Garantiza el derecho constitucional de no ser juzgado dos veces por la misma causa.
Preferencia en conflictos: La Sala Penal de la Corte Suprema deberá dar prioridad a la jurisdicción militar ante cualquier conflicto de competencia.
Delitos de función regulados: Abarca actos en estados de emergencia, control del orden interno, prevención, investigación del delito e inteligencia.
Cadena perpetua: Introduce la pena máxima para los efectivos que colaboren con organizaciones criminales aprovechando su cargo.
Durante la última instancia de aprobación de la ley en el Congreso, el pasadp 23 de junio; las parlamentarias como Ruth Luque, Sigrid Bazán y Flor Pablo, presentaron argumentos en contra de la ley militar policial, sin embargo, fueron rechazados. “La iniciativa distorsiona los delitos de función”, sostuvo la legisladora Ruth Luque durante las sesiones de debate.

