En su segundo pleno temático de seguridad ciudadana, el Congreso de la República aprobó por amplia mayoría (88 votos a favor y 6 en contra) una modificación a la Ley 31297, que regula el servicio de serenazgo municipal. La medida incorpora el uso de pistolas eléctricas como herramienta de defensa personal no letal para los serenos.
La iniciativa, respaldada por los proyectos de ley 7874 y 10075, fue exonerada de segunda votación y ya fue enviada al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.
Capacitación y control
Según lo aprobado, el uso de estas armas estará sujeto a entrenamientos rigurosos que incluirán prácticas en simuladores, campos de entrenamiento y polígonos de tiro. Además, el Ministerio del Interior evaluará la implementación de cámaras corporales activas durante su uso, a fin de garantizar transparencia y prevenir abusos.
La congresista Adriana Tudela (Avanza País), presidenta de la Comisión de Defensa, señaló que esta herramienta permitirá que el serenazgo cumpla su trabajo con mayor eficacia y seguridad. Por su parte, la parlamentaria Ana Zegarra (Somos Perú) remarcó que el entrenamiento será clave para un uso responsable.
Exención de responsabilidad penal
A propuesta de la congresista Martha Moyano (Fuerza Popular), se incluyó una disposición que exime de responsabilidad penal al sereno que, actuando conforme a la ley y en ejercicio de legítima defensa, cause daño a terceros.
Debate con posiciones encontradas
Durante el debate, parlamentarios como Diego Bazán (Renovación Popular) y José Jerí (Somos Perú) respaldaron la norma, considerando que el serenazgo es la primera línea de respuesta frente al crimen. Elizabeth Medina (Bloque Magister
Sin embargo, hubo voces críticas como las de Guido Bellido (Perú Libre) y Roberto Kamiche (APP
Una cuestión previa presentada por la congresista Sigrid Bazán (Cambio Democrático) para devolver el dictamen a comisiones fue rechazada por mayoría (71 votos en contra).