Los establecimientos de hospedaje y a los arrendadores estarán obligados a solicitar documentos de identidad o de viaje a las personas extranjeras que busquen hospedarse o arrendar inmuebles en todo el Perú.
Ello en razón de la reciente publicación del Decreto Supremo N° 011-2024-IN, que modifica la Ley de Migraciones y su Reglamento, con el objetivo de reforzar la seguridad pública y migratoria.
Todos los establecimientos de hospedaje y arrendadores deben requerir tales documentos que acrediten la situación migratoria regular de los extranjeros en el país y registrarlo en el sistema de la plataforma de Migraciones.
Esta plataforma estará disponible de forma gratuita y los operadores tendrán un plazo de 30 días hábiles desde la publicación del decreto para capacitarse en el uso adecuado de la plataforma.
En el caso de los hospedajes que no cumplan con esta obligación serán sancionados con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT).