Cuatro bancadas del Senado formalizaron un pedido para remover de su cargo al Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, acusándolo de cometer una presunta falta grave en el ejercicio de sus funciones. El requerimiento, impulsado de manera conjunta por los grupos parlamentarios Juntos por el Perú, Ahora Nación, Obras y Buen Gobierno, plantea que el caso sea derivado de inmediato a la Comisión de Procedimientos Especiales para su evaluación técnica.
El primer punto de la solicitud se fundamenta en las polémicas declaraciones que Gutiérrez brindó el pasado 27 de agosto a Canal N. En dicha entrevista, el funcionario sostuvo que si la presidenta Keiko Fujimori decidiera disolver el Congreso, su respaldo popular aumentaría de forma drástica, superando los niveles alcanzados por su padre en la década de los noventa.
Asimismo, justificó una eventual clausura señalando que el Estado obtendría un ahorro presupuestal anual de 3,000 millones de soles si el Parlamento dejara de operar.Los bloques denunciantes calificaron estas expresiones como un «atentado directo contra la Constitución y el equilibrio de poderes», argumentando una abierta negligencia funcional.
Pese a que el Defensor del Pueblo extendió disculpas públicas días después, los parlamentarios señalaron que su rectificación fue meramente condicional, al pretender subordinar sus palabras a una interpretación alternativa en lugar de admitir el sentido original de su discurso. Contrataciones irregulares bajo la lupa de la Contraloría.
El segundo argumento que sostiene la moción de destitución proviene de un informe de control emitido por la Contraloría General de la República. La auditoría reveló un patrón irregular en el que al menos cuatro personas sostuvieron reuniones o coordinaciones previas directamente con el despacho de Gutiérrez antes de adjudicarse órdenes de servicio o incorporarse formalmente a la planilla de la Defensoría del Pueblo.
De admitirse a trámite la solicitud, la Comisión de Procedimientos Especiales otorgará un plazo de 30 días hábiles para que Josué Gutiérrez formule sus descargos de manera escrita o mediante su abogado defensor ante el Pleno. Conforme al artículo 4 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y el reglamento del Senado, el acuerdo definitivo para declarar la vacancia del cargo requerirá de una votación calificada superior a los dos tercios del número legal de senadores, lo que se traduce en un mínimo de 40 votos a favor.

