El Poder Judicial confirmó el archivo del proceso penal contra la expresidenta Dina Boluarte, quien era investigada como presunta instigadora del delito de peculado doloso por el pago de su sueldo correspondiente a marzo de 2021.
La resolución fue ratificada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones de Lima, que en mayo de 2025 confirmó el sobreseimiento dispuesto previamente por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado.
El caso se originó por la hipótesis fiscal de que Boluarte habría utilizado su posición como entonces candidata a la vicepresidencia para que dos funcionarias del Reniec facilitaran el pago de una remuneración que, según la Fiscalía, no le correspondía recibir íntegramente por encontrarse con licencia sin goce de haber.
Sin embargo, el cierre de la vía penal no pone fin a todas las actuaciones judiciales, pues se autorizó un juicio oral sobre el objeto civil del proceso, destinado a determinar si corresponde establecer una reparación civil a favor del Estado.
Finalmente, la Corte Suprema declaró que el recurso de casación presentado por la defensa carecía de objeto, debido a que la decisión sobre el sobreseimiento adquirió calidad de cosa juzgada al agotarse las instancias correspondientes.

