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¡Atención!: Conoce las restricciones del JNE y desde cuando inicia la ley seca

Sanciones por incumplimiento de restricciones antes y durante de los comicios electorales, van desde 100 UIT hasta pena privativa de la libertad por más de dos años.

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A partir de este lunes 6 de abril, el cronograma de restricciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se activa de forma progresiva para garantizar la neutralidad de los comicios del domingo 12 de abril. Desde el lunes 6 de abril (00:00 h) queda prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en cualquier medio de comunicación la multa va entre 10 y 100 UIT (S/ 55,000 a S/ 550,000).

Desde el viernes 10 de abril (00:00 h), queda prohibido las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político (mítines, marchas, etc.), la sanción estricta es la pena de cárcel de entre tres meses y dos años; asimismo desde el sábado 11 de abril (00:00 h): Queda suspendida toda publicidad electoral, de no cumplir la pena de prisión es no menor de dos años.

Ley Seca (08:00 h): desde ese mismo sábado 11de abril queda prohibido el expendio de bebidas alcohólicas y cierre de locales del rubro, medida rige hasta las 08:00 h del lunes 13 de abril y la sanción es pena de privativa de la libertad no mayor a seis meses y multa de S/ 3,390.4.

Domingo 12 de abril (Día del sufragio), quedan prohibidas las funciones de cine, teatro y espectáculos populares. Entre las 07:00 y 17:00 horas, no pueden realizarse reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de votación.El JNE ha desplegado fiscalizadores en todo el país para realizar operativos estratégicos y asegurar que estas normativas se cumplan estrictamente.