Si el candidato a alcalde ha sido excluido, tachado o declarado improcedente, será proclamado en ese cargo el primer regidor de la lista de dicha organización política. Así lo informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
José Naupari Wong, asesor externo del JNE, explicó en dicho tipo de elección los sufragantes votan por listas y no por candidatos individuales, según la Ley de Elecciones Municipales.
“Como justamente la lista es bloqueada y cerrada, es decir, que se vota por el conjunto de la misma, ante la ausencia del candidato a alcalde termina aceptándose que una persona que se presentó como postulante a regidor sea proclamado en aquel cargo, siempre y cuando fuera el primero en seguir en la nómina que ganó”, refirió.
El especialista aclaró que esto ocurre al momento de proclamar los resultados, pero cuando aún se está postulando los candidatos que quedan en la relación mantienen la ubicación en la que se presentaron y el cargo al que aspiran.
El asesor externo del JNE también señaló que en los comicios regionales se produce una diferencia, pues se vota por la fórmula a gobernador y vicegobernador y, de otro lado, por la lista de aspirantes a consejeros regionales.
Por esa razón, si un postulante a gobernador regional es excluido, la fórmula que integra quedará fuera de la elección y no podrá proclamarse en su lugar al aspirante a vicegobernador o a consejero.