Este jueves 8 será feriado por la fecha católica de la Inmaculada Concepción y, por primera vez, este viernes 9 será feriado por la batalla de Ayacucho, tanto para el sector público como privado.
Si perteneces al régimen privado y tienes que trabajar estas fechas, la Sunafil dio detalles sobre cuánto ascenderá tu remuneración a fin de mes.
¿Cuánto me pagarán si trabajo en feriado?
Si laboras de forma presencial o remota, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu salario mensual.
Por ejemplo, en el caso de que tu sueldo mensual sea de S/1025, significa que diariamente recibe S/34.17. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días (1025/30).
Al saber cuánto percibes por día, puedes calcular cuál sería tu pago. Te correspondería lo siguiente:
-Una remuneración por el trabajo realizado: S/34.17
-Una remuneración por la sobretasa del 100%: S/34.17
En total sería S/68.34 por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual. Entonces, S/68.34 x 2 feriados laborados = S/ 136.68. A fin de mes, recibirás en total S/1161.68.
¿Me pueden pagar con descansos por los días trabajados?
En caso de que tu empleador te otorgue días de descanso en sustitución a cada feriado laborado, ya no percibirás la suma adicional.
¿Cuál es la sanción para las empresas que no cumplen?
Los empleadores que no cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados cometerían una infracción muy grave en materia de derechos laborales.
Las multas, dependiendo del tipo de la empresa (micro, pequeña y no mype), pueden fluctuar entre S/1 mil 58 a S/241 mil 638.