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Declaran improcedente Habeas Corpus para frenar el plaqueo en el centro histórico

Señalan que el plaqueo, aprobado el 2015 vulnera su derecho al libre tránsito.

Continuará plaqueo, pese a rechazó de los taxistas. El magistrado Oscar Quillulla Puma del 4to Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte de Arequipa, decidió declarar improcedente el Habeas Corpus presentado por el taxista Ángel Corrales, quien señaló que la ordenanza municipal  atenta a la libertad de circulación en el Centro Histórico de la ciudad.

Ante la negativa del magistrado, el dirigente señaló que presentarán una queja contra el juez, porque la sentencia tiene varios vicios y fallos de interpretación.

Los motivos por el cual se rechazó el habeas corpus, es que la ordenanza es una norma con rango de ley, además que la parte demandante argumenta que se limita la libertad de tránsito, más no se invoca un hecho concreto de que se haya restringido ese derecho.

DATO

La ordenanza, prohíbe el paso de vehículos por día y por el número de placa durante toda la semana cuyos límites son la  Av. la Marina, 28 de Julio, Paz Soldán, Av. Salaverry, Jorge Chávez, Goyeneche, Don Bosco, prolongación Ayacucho, Peral y Av. Juan de la Torre.

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