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Corte IDH ordena al Estado peruano no liberar a Alberto Fujimori

Tribunal Constitucional en el Perú emitió sentencia donde restituía el indulto dado en el 2017

Desde la Corte Interamericana de Derechos Humano (CIDH) se ordenó al Estado peruano abstenerse de liberar al exdictador Alberto Fujimori debido a que no se cumplió con condiciones de la resolución de mayo del 2018. 

La sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 1 de marzo de 2022 restituye los efectos del indulto ‘por razones humanitarias’ concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre del 2017. En el documento difundido el 7 de abril, la CIDH resolvió realizar una supervisión específica a la gracia presidencial que le otorgó el también exmandatario Pedro Pablo Kuczynski a través de la supervisión de cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta por los que Fujimori Fujimori fue condenado a 25 años de prisión en el 2009.

“El Estado de Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (…) que restituye los efectos del indulto concedido a Alberto Fujimori (…) debido a que no cumplió con las condiciones determinadas en la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias del 30 de marzo del 2018”, se llega a leer en el documento.

La entidad internacional también pidió que los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentar las observaciones correspondientes al informe solicitado en el punto resolutivo anterior en los plazos de 4 a 6 semanas, contados a partir de la notificación del referido informe.

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