Increíble. La Corte Suprema de Justicia estableció la reducción de pena de cárcel para aquellos sentenciados por violación sexual que tengan un hijo producto del delito que cometieron.
Este criterio descrito en el Acuerdo Plenario 01-2013/CIJ-112, se utiliza en caso que “exista una familia formada por el sentenciado o sentenciada y por un niño, niña o adolescente, que haya nacido producto del delito incriminado, que no tenga tutor, o progenitor, o persona a cargo de su manutención”.
“Que el sentenciado o la sentenciada se encuentren a cargo de la manutención o cuidado de dicho menor, que ello esté suficientemente acreditado y que no exista otro integrante familiar o persona que pueda sustituirlo”, se sustenta
La pena privativa de libertad se podría reducir hasta en un cuarto de la sentencia original, "dependiendo de la gravedad del hecho y el daño causado". Por ejemplo, una condena de 20 años podría reducirse a 15 años.
Ante la ola de críticas, la Corte Suprema de Justicia aclaró que las reducciones de pena no son aplicables a los delitos de violación sexual sancionados con cadena perpetua, especialmente en casos de violencia o abuso contra mujeres y niños.