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Conoce si estas en la nueva lista de pago del Fonavi

Beneficiarios de este pago ya pueden cobrar desde este jueves 25 de julio

La comisión Ad Hoc, ya aprobó la décimo octava (18) lista de fonavistas beneficiados con la devolución de sus aportes, luego de haber verificado el historial laborado presentado en el Formulario N° 1, los ciudadanos podrán acercarse a cualquier Banco de la Nación a partir del 25 de julio, solo portando su DNI.

Para conocer si eres uno de los afortunados puedes consultar las páginas web de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe o caso contrario puedes llamar a la nueva línea telefónica  6408655, en el horario de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. Esta nueva línea se suma al 317-8888 para atender las consultas de los fonavistas.

De esta manera, ya son 1 millón 21,140 los exfonavistas integrantes del padrón nacional de fonavistas beneficiarios, según ley 29625. Asimismo los fonavistas que aparecen en listas anteriores y que no han cobrado su devolución, pueden hacerlo acercándose al Banco de la Nación.

Cobro de exfonavistas fallecidos

Si tu familiar beneficiado con este pago falleció, también puedes cobrar la devolución de los aportes, sin necesidad de contar con el testamento o suscesión inestada, según lo indica la Comisión Ad Hoc.

Para realizar el cobro de la devolución de aportes, los familiares deben presentar los documentos correspondientes: Partida de nacimiento, de unión de hecho o de nacimiento del titular.

De acuerdo con el dispositivo legal, el orden de prelación es el siguiente: 

1.            En primer lugar, el cónyuge o conviviente

2.            En segundo lugar los hijos

3.            Los padres

4.            Los hermanos 

5.            Finalmente las personas que aparecen en el testamento o la sucesión intestada, si la hubiera.

El proceso de documentación es el siguiente:

Para iniciar el proceso de cobro el heredero forzoso debe primero verificar si el fonavista fallecido se encuentra en las listas publicadas hasta la fecha, consultando las páginas webs de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe.

De ser así deberá presentar una declaración jurada en donde manifieste que es beneficiario del fonavista fallecido en cualquiera de las agencias del Banco de la Nación, adjuntar el DNI y la documentación según sea su caso:

– Partida de defunción del fonavista fallecido cuyo nombre está en cualquiera de los grupos de pago. 

– Partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho, en caso el solicitante sea cónyuge supérstite o integrante de unión de hecho.

– Partida de nacimiento, en caso los solicitantes sean los hijos.

– Partida de nacimiento del fonavista fallecido, en caso los solicitantes sean los padres.

– Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista beneficiario fallecido, en caso los solicitantes sean los hermanos.

Solo se presenta la sucesión intestada o testamento, en caso fueran otros beneficiarios

Trámite para ser beneficiario del Fonavi de fonavistas del fonavista en el extranjero

Para acceder a este beneficio lo único que tienes que haces es lo siguiente:

-Presentación del Formulario N° 1 en las agencias del Banco de la Nación, en cualquiera de los 14 centros de atención a nivel nacional, o en forma virtual a través de la página web www.fonavi-st.gob.pe, haciendo clic en el botón Regístrese en el SIFONAVI y Registro de Periodo Laboral – F1. Todo trámite es gratuito, en caso que el titular beneficiario se encuentre en el extranjero puede acceder a la página web y realizar este paso.

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