Arequipa: sentencian a chofer de cisterna de GLP que explotó en la variante de Uchumayo

El Poder Judicial también dispuso una reparación civil de más de 2 millones de soles. La tragedia ocurrida el 23 de junio del 2014, dejó cuatro fallecidos y siete heridos.
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Después de una larga espera de ocho años, se logró una sentencia 3 años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el mismo plazo, contra Celestino Salinas Salas, conductor del camión cisterna que explotó el 23 de junio del 2014 en la Variante de Uchumayo, y que dejó cuatro fallecidos y siete heridos.

La condena es por los delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y peligro común culposo, existiendo un concurso ideal.

Según las investigaciones, el conductor ingresó por una trocha con pendiente, la misma que se encontraba en mantenimiento por trabajos que realizaba el Gobierno Regional de Arequipa. Pese a la situación de la vía, el sentenciado, de manera negligente, continuó manejando.

La parte baja del vehículo impactó contra el buzón de desagüe sobresaliente, lo que ocasionó la fuga de gas por más de 40 minutos.

Producto del accidente, Mitsu Alvarado Soto, Carlos Eduardo Juárez Guila, Adán Teófilo Miranda Quispe y Dante Oliver Lecca García, perdieron la vida por las graves quemaduras que presentaban en el cuerpo. Además, otras siete personas quedaron con lesiones graves.

El fiscal Carlos Arias Lovón manifestó que este logro después de ocho años de la tragedia, se dio pese a que la defensa del imputado pretendía deslindar responsabilidad y así mismo los terceros civiles desconocían la responsabilidad civil que les correspondía, entre estos la compañía aseguradora Pacifico Peruano Suiza de Seguros y Reaseguros S.A

El Poder Judicial valoró los argumentos de la Fiscalía que presentó los medios probatorios obtenidos durante la investigación y dispuso la sentencia para Celestino Salinas Salas.

Asimismo, se ordenó el pago de una reparación civil solidaria para los herederos legales de los fallecidos y agraviados por más de 2 millones de soles, que deberán cancelar en conjunto la empresa de transportes y las aseguradoras anteriormente mencionadas, además de 10 mil soles a favor de la sociedad.

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