JNE: a partir de este lunes se puede tramitar dispensa por no acudir a votar

El Jurado Nacional de Elecciones dispuso que los trámites se desarrollen de manera virtual
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A partir de hoy los electores, que no acudieron votar en las elecciones del domingo último o no ejercieron el cargo de miembro de mesa, pueden tramitar ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la dispensa o la justificación del pago de multas electorales, indicó Luis Trillo, jefe de Servicios al Ciudadano del organismo electoral.

Precisó que pueden acceder a una dispensa los electores que no acudieron a emitir su voto o los que fueron llamados a ser miembros de mesa y no cumplieron la función por razones o una justificación válida.

El trámite se realiza en forma virtual, en el módulo de dispensa que se ubica en la página web del JNE.

Indicó que para las personas que enfrentan contagios por COVID-19, el trámite puede realizarse hasta setiembre, porque, lo primero, es que recuperen su salud.

Para aplicar a una dispensa por esta causal, señaló que se deberá adjuntar el documento de alta dado por el médico tratante, en el cual estará señalado la fecha de inicio del contagio y la duración del tratamiento, que debe coincidir con la fecha de las elecciones.

Refirió que para estos casos el trámite de la dispensa es gratuito.

Otra causal para solicitar una dispensa o justificación es por temas de salud o circunstancias que evidencian su imposibilidad de acudir a votar o ejercer el cargo de miembro de mesa, como la discapacidad o tener bajo su cuidado a personas que requieren de atención permanente.

En caso el elector hubiera sufrido el robo de su DNI antes de la elección, Luis Grillo sostuvo que lo primero que debe hacer es presentar la denuncia ante una comisaría, tramitar su nuevo documento de identidad y proceder al trámite con ese documento, cuya fecha de emisión debe ser posterior a la elección.

Causales de dispensa

Los casos en los cuales procederá el pedido de dispensa son: motivos de salud, viajes por estudios o salud, desastres naturales, robo o pérdida del DNI, fallecimiento de algún familiar directo, discapacidad física o mental, encontrarse en prisión, realizar alguna labor de índole electoral o por error en el padrón de votantes.

Además, en este proceso electoral se considerará causal de dispensa estar en uno de los grupos de riesgo de contagio de COVID-19; es decir, tener más de 65 años o padecer enfermedades determinadas. También se incluye a quienes, por presentar una temperatura superior a 37.5 grados, se vean impedidos de ingresar a los centros de votación.

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