Congreso aprueba retiro de hasta S/20,600 de los fondos de la AFP

Iniciativa legislativa ahora pasará a manos del Ejecutivo para su promulgación u observación.
world-news

El pleno del Congreso decidió aprobar el retiro de fondos de las AFP hasta por cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 20,600, para todos los afiliados, sin restricciones.

El dictamen, en primera votación, recibió 97 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones. Luego, el pleno también aprobó la exoneración de la segunda votación. Con ello, la iniciativa legislativa será enviada al Ejecutivo para su promulgación u observación.

Durante el debate, Fuerza Popular planteó votar en conjunto el tema con la propuesta de reforma previsional.

“No podemos seguir postergando las reformas previsionales que nuestro sistema necesita. Retiro sí, pero junto a pensión mínima, junto a pensión por consumo, junto a comisión por desempeño, junto a apertura de competencia”, señaló el vocero de la bancada naranja, Eduardo Castillo, durante su participación en el pleno.

No obstante, este planteamiento fue rechazado por la mayoría de congresistas. El parlamentario Carlos Anderson sostuvo que la propuesta de Fuerza Popular era una excusa para trabar la aprobación del retiro de 4 UIT de las AFP.

“Es una estratagema. Ya estamos grandecitos para no darnos cuenta. Hay algunos que dicen que quieren a, pero en realidad quieren b, entonces inventan c. Lo que la ciudadanía espera hoy es el futuro de las 4 UIT; la reforma previsional no se puede hacer a la loca”, subrayó.

Posteriormente, el pleno del Congreso de la República aprobó una cuestión previa para realizar una votación por separado de las propuestas de retiro de 4 UIT de las AFP y de reforma previsional.

¿Cómo será el retiro de las 4 UIT?

El dictamen señala que el afiliado contará con 90 días para presentar la solicitud de retiro de fondos a su AFP, en un plazo contado a partir de la vigencia del reglamento que se emita sobre la posible futura ley.

“Se abona un monto de hasta una UIT cada treinta días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado”, señala el dictamen aprobado.

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