Juez rechaza hábeas corpus que pretendía anular el plaqueo en Arequipa

Medida presentada por un taxista no logrará dejar sin efecto la ordenanza que prohíbe el ingreso de vehículos según su último número de placa
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El hábeas corpus presentado por Ángel Corrales Laura en contra de la Municipalidad Provincial de Arequipa por disponer restricciones de tránsito vehicular al centro histórico de la ciudad fue rechazado por el 4to juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte de Justicia de Arequipa.

Dichos impedimentos de ingreso y circulación de vehículos están amparados por la Ordenanza Municipal N° 927-2015, la cual tiene carácter de ley y por tanto solo puede ser cuestionada mediante un recurso ante el Tribunal Constitucional.

El magistrado Oscar Quillulla Puma alegó que Corrales Laura solo hace referencia a que la ordenanza municipal  limita la libertad de tránsito, mas no se relaciona a un hecho concreto de índole personal.

La restricción de ingreso de vehículos al Centro Histórico según el último dígito de la placa empezó a regir desde el viernes 16 de agosto.

Las calles restringidas por esta norma son: Av. la Marina, 28 de Julio, Paz Soldán, Av. Salaverry, Jorge Chávez, Goyeneche, Don Bosco, prolongación Ayacucho, Peral y Av. Juan de la Torre.

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