Alcaldes de Arequipa aún no informan gastos de campaña a la ONPE

Omisos pueden recibir como sanción una multa de hasta 30 UIT (126 mil soles)
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Cuatro autoridades electas de la región Arequipa no han rendido cuentas sobre sus ingresos y gastos de campaña durante las últimas elecciones regionales y municipales 2018.

Según la plataforma “Claridad” de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Se trata de 1 alcalde provincial y 3 distritales.

Edgar Augusto Rivera Cervera, el actual alcalde de Islay, quien postuló con el Movimiento Regional Arequipa Transformación, hasta la fecha no ha presentado su informe financiero de lo gastado en campaña.

Corona: Autoridad Electa / Punto Rojo: No Presentó Informe

 En la misma situación se encuentra:

  • Walter Nicanor Huamani Bautista, alcalde del distrito de Huanuhuanu, provincia de Caravelí.

  • Martha Marcelina Huamani Castro, alcaldesa distrital de Chachas, provincia de Castilla.

Ambos burgomaestres postularon por el Movimiento Regional Arequipa Renace, mientras que:

  • Fortunato Fernando Palomino Chalco, alcalde de Atiquipa, provincia de Caravelí que postuló por el Movimiento Regional Juntos Por el Sur.

A nivel nacional son 105 autoridades electas que pertenecen a las siguientes regiones: Amazonas (1 alcalde distrital),  Ancash (11 alcaldes distritales, Ayacucho (16 alcaldes distritales y 1 alcalde provincial), Cajamarca (9 alcaldes distritales y 1 provincial) y  Cusco (4 alcaldes distritales).

También, Huancavelica (5 alcaldes distritales), Huánuco (3 alcaldes distritales, un  alcalde provincial y un vicegobernador) y  Junín (8 alcaldes distritales y uno provincial), La Libertad (7 alcaldes distritales y 2 provinciales), Lima (11 alcaldes distritales), Loreto (9 alcaldes distritales y dos provinciales), San Martín (3 alcaldes distritales y uno provincial) y Piura (4 alcaldes distritales).

Asimismo, figuran un alcalde distrital de Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, respectivamente.

Las autoridades debieron presentar sus informes financieros  hasta el 21 de enero de 2019, en tanto al no cumplirse con la Ley 28094 serán sancionados con una multa no menor de diez (10) ni mayor de treinta (30) UIT.

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