Poder Judicial ordena la excarcelación de Pier Figari, exasesor de Keiko Fujimori

Segunda Sala de Apelaciones argumentó que el Ministerio Público no justificó la subsistencia del peligro procesal que imputa a Pier Figari, requisito ineludible para ampliar la prisión preventiva.
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La Segunda Sala de Apelaciones de la Corte Superior declaró fundado el recurso de apelación presentado por el exasesor de Keiko Fujimori, Pier Figari Mendoza, investigado por el caso Odebrecht, contra la medida de prologanción de prisión preventiva en su constra.

Figari Mendoza es señalado por el Equipo Especial Lava Jato de la Fiscalía como integrante de la cúpula de una presunta organización criminal al interior del partido político Fuerza 2011, hoy Fuerza Popular.

De acuerdo con el tribunal, el Ministerio Público no justificó la existencia del peligro procesal en este caso, por lo que es inviable extender la duración de la prisión preventiva que le amplío el pasado 15 de mayo el juez Víctor Raúl Zúñiga.

"No se aprecia que el Ministerio Público al requerir la prolongación de prisión preventiva haya invocado argumentos que justifiquen el no aseguramiento de las fuentes de prueba en peligro; y de qué manera el apelante Figari Mendoza podría perturbar la concreción de esos actos de investigación pendientes, única forma de intentar fundamentar, la prolongación de la prisión preventiva en razón de la vigencia de resuelto por nuestra Corte Suprema de Justicia", dice la resolución judicial.

Además, el tribunal impuso la medida de comparecencia con restricciones al investigado, quien deberá cumplir una serie de reglas de conducta, como no ausentarse del lugar donde reside ni cambiar de domicilio fijado en autos sin previa autorización judicial, no comunicarse con personas vinculadas a la investigación, concurrir mensualmente a la Oficina de Registro y Control Biométrico a registrar su huella digital e informar sobre sus actividades al Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado el primer día útil de cada mes, iniciando el mes de julio de este año, así como acudir puntualmente ante las autoridades del Poder Judicial y Ministerio Público, cuando sea requerida su presencia.

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