Más de 123 mil universitarios en situación de pobreza tendrán internet gratis

La medida beneficiará a más de 123 mil estudiantes y 23 mil docentes.
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Los estudiantes de universidades públicas con matrícula vigente y en situación de vulnerabilidad económica, así como los docentes ordinarios y contratados con carga lectiva vigente, tendrán acceso a internet de manera gratuita por dos semestres académicos con el fin de garantizar la continuidad del servicio educativo remoto durante la emergencia sanitaria.

Esta medida será aplicada tras la publicación del decreto supremo N° 002-2021-MINEDU publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que establece los criterios para la determinación de los estudiantes y docentes beneficiarios del servicio de internet de las universidades públicas en el marco de lo dispuesto por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

La norma dispone que los beneficiarios del servicio de internet son los estudiantes de las universidades públicas que hayan sido clasificados como pobres o pobres extremos de acuerdo al Sistema de Focalización de Hogares y con matrícula vigente en el nivel de pregrado registrado en SIRIES 2021.

En relación a los docentes deben figurar en el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público 2021, así como contar con carga lectiva.

De acuerdo a la focalización por situación de vulnerabilidad económica, son 123 mil 155 los estudiantes beneficiarios (correspondiente al 37% del total de la matrícula en universidades públicas); y en el caso de docentes, se atiende a la totalidad, es decir, 23 mil 791 ordinarios y contratados.

Asimismo, indica que las universidades públicas, de manera excepcional durante el Año Fiscal 2021, deben contratar servicios de internet, con sus respectivos módems externos, USB o chips, para dos semestres académicos, en el contexto del numeral 2 de la Octogésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

Finalmente, la norma también señala que las universidades públicas deben remitir al Ministerio de Educación, como máximo hasta la culminación de cada semestre académico (2021-1 y 2021-2), la relación de estudiantes y docentes beneficiarios del servicio de internet que será contratado. Cabe señalar que la transferencia se realizará a fines de enero para que las casas de estudio cuenten con los recursos a partir de febrero.

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