Digemid sancionará a farmacias que no reporten precios de productos para tratar COVID-19

El ente indicó que se han realizado inspecciones a diversos laboratorios y droguerías que comercializan productos para el tratamiento del coronavirus.
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La Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (Digemid) del Ministerio de Salud reiteró a los establecimientos farmacéuticos que deben reportar de forma obligatoria el stock y precios de los productos y dispositivos médicos empleados en el manejo y tratamiento de la COVID-19.

Asimismo, el incumplimiento de la misma puede ser sancionado con multas de hasta 4 UIT, cuyo valor por unidad equivale a S/ 4.300 desde el 1 de enero del 2020.

En el comunicado de prensa se puede leer que los inspectores de la Digemid se vienen desplazando en nuestra capital a diversos laboratorios y droguerías que comercializan productos para el tratamiento del coronavirus, entre ellos el oxígeno medicinal, pulsoxímetros, mascarillas, concentradores de oxígenos y otros productos incluidos en el listado de bienes esenciales para el manejo y tratamiento del SARS-CoV-2. Estas intervenciones se realizan como parte de las acciones para reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del estado de emergencia sanitaria.

Los establecimientos farmacéuticos, sean farmacias, boticas, laboratorios o droguerías, están en la obligación de transparentar la información de los productos para facilitar el acceso a la población. Así lo establece el Decreto de Urgencia N.° 059-2020, que dicta medidas extraordinarias para garantizar el acceso a medicamentos y dispositivos médicos para el tratamiento de la COVID-19.

 

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