Congreso: Comisión de Defensa del Consumidor debatirá congelamiento de cobro de deudas

Desde el Parlamento señalan que el predictamen se discutirá este lunes y se modificará si lo requiere el caso
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La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso debatirá este lunes el predictamen que plantea el congelamiento del cobro de todo tipo de créditos por parte de empresas bancarias y financieras por un plazo de 120 días calendarios (4 meses), sin aplicar moras, multas en intereses, ni afectar la calificación crediticia.

Asimismo, la propuesta plantea la suspensión o congelamiento del cobro de créditos hipotecarios, créditos personales, tarjetas de crédito, fideicomiso, capital de trabajo y todo tipo de endeudamiento contraído por personas naturales.

El predictamen precisa que, vencida la fecha, la entidad acreedora podrá reanudar el cobro correspondiente y las cuotas congeladas serán fraccionadas hasta el vencimiento del crédito, sin cargo alguno a la elección del beneficiario.

También se propone la suspensión de los cobros judiciales o extrajudiciales, los procesos de ejecución judicial, la ejecución de garantías mobiliarias o inmobiliarias, la ejecución forzada, remates públicos y en general toda clase de acciones judiciales y extrajudiciales en un plazo de 120 días calendarios.

Por otro lado, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), indicó la propuesta de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso ponen en serio riesgo la estabilidad del sistema financiero debido a que las entidades financieras no recibirían ingresos por un número de meses y tendrían una alta probabilidad de incumplir sus obligaciones.

“De 52 entidades financieras que actualmente operan en el Perú, 26 de ellas resultarían con pérdidas superiores al 50% del patrimonio efectivo (capital regulatorio) lo que configura una causal de intervención (paso previo a la disolución y liquidación)”, señaló.

Agregó que un escenario que no contempla el parlamento es que se agoten la liquidez de las entidades financieras al estar tanto tiempo sin ingresos y que incurran en incumplimiento de obligaciones (con depositantes, proveedores o trabajadores) lo que gatillaría la intervención y posterior disolución y liquidación.

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